Sentencia N° 1369 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 1369, Exp. 13-1505, 16/12/2013
Expediente13-1505
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2013-12-16
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por la Gobernación del estado Táchira. La Sala consideró que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no vulnera normas de orden público laboral y constitucional. Se destacó que el recurso extraordinario debe cumplir con requisitos específicos, y en este caso, no se ajustó a los fines de impugnación establecidos por la ley.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no fueren recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad del mismo. Aunado a lo anterior, la admisibilidad de este recurso extraordinario exige verificar que haya sido interpuesto a través de escrito con una extensión no mayor de tres (3) folios útiles y sus vueltos, así como su tempestividad, por cuanto la referida disposición establece un lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho siguientes a la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión. Adicionalmente, es oportuno dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, restringir su admisibilidad, especialmente a aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la representación judicial de la Gobernación del estado Táchira, contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 19 de julio del año 2013. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.