Sentencia N° 2024 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de diciembre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 2024, Exp. 14-1421, 17/12/2014
Expediente14-1421
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaFamilia
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2014-12-17
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia que había confirmado la privación de patria potestad. La Sala argumentó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y que no vulneraba preceptos constitucionales ni contradecía la jurisprudencia de la Sala. Se concluyó que la decisión del juzgado de alzada era ajustada a derecho y se declaró inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
La admisión del recurso in commento exige verificar que el mismo haya sido interpuesto mediante escrito, cuya extensión no debe ser mayor de tres (3) folios útiles y sus vueltos, así como su oportunidad, por cuanto la referida norma establece para su interposición el lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho a partir de la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión. A su vez, es necesario dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala restringir su admisibilidad, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 490, especialmente a aquellas situaciones donde se denuncie la violación de disposiciones de orden público. Por su parte, el recurrente señala que el fallo apelado viola normas de orden público y contraviene la jurisprudencia de esta Sala, por cuanto se limita a considerar que el padre no logró desvirtuar la causal alegada para privarle de la patria potestad, sin tomar en cuenta que se ha visto imposibilitado de cumplir con sus deberes inherentes a la referida institución familiar por hechos de la madre, quien ejerce la custodia, y no porque se encuentre residenciado en otro país.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones precedentes, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia publicada el 1° de agosto del año 2014, por el Juzgado Superior Cuarto del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de Adopción Internacional. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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