Sentencia N° 1287 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de noviembre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 1287, Exp. 09-1162, 16/11/2010
Expediente09-1162
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Laboral
Fecha de la decisión2010-11-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

En esta sentencia, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, CONSTRUCTORA MALESANI, C.A., contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo que había confirmado un fallo parcialmente con lugar a la acción de cobro de prestaciones sociales presentada por el demandante, OSCAR JOSÉ TINEO SALAZAR. La parte recurrente alegó vicios de inmotivación y falta de análisis de pruebas en la decisión de la Alzada. La Sala, tras examinar los argumentos del recurrente, concluye que no se verifican elementos suficientes que desvirtúen la presunción de laboralidad a favor del demandante, ya que las pruebas presentadas por la parte demandada no lograron demostrar la naturaleza mercantil de la relación laboral. Por lo tanto, se confirma la decisión impugnada y se declara sin lugar el recurso de casación. Finalmente, se condena en costas a la parte recurrente, reafirmando la importancia de la motivación adecuada en las decisiones judiciales y el respeto a la soberanía de los jueces de instancia en la apreciación de las pruebas.

Extracto de la motiva

El vicio de inmotivación por silencio de pruebas, ha dicho esta Sala se presenta “…cuando el Juez omite toda mención de la existencia de un acta probatoria o cuando, aun señalando su existencia, se abstiene de analizarla y señalar el valor probatorio que le asigna…” (Sentencia 311 del 17 de marzo de 2009). Ahora bien, para que sea declarado con lugar el vicio por silencio de prueba, ha dicho esta Sala que las pruebas silenciadas deben ser determinantes para la resolución de la controversia, con base en disposiciones constitucionales, por lo que en aplicación del principio finalista y en acatamiento a la orden de evitar reposiciones inútiles, no se declarará la nulidad de la sentencia recurrida si la deficiencia concreta que padece, no impide determinar el alcance subjetivo u objetivo de la cosa juzgada, o no hace imposible su eventual ejecución. A tales efectos, debe quien recurre, indicar de manera pormenorizada de que manera, cada una de las pruebas denunciadas como silenciadas, resultan determinantes en el dispositivo del fallo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, en fecha 16 de julio de 2009, en consecuencia, SE CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

silencio de pruebainmotivaciónpresunción de laboralidadrelación mercantilvalor probatoriorecurso de casaciónanálisis de pruebas

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