Sentencia N° 1263 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de noviembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1263, Exp. 09-1237, 11/11/2010
Expediente09-1237
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-11-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decidió declarar sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo, que había confirmado la decisión de primera instancia que declaró sin lugar la demanda de cobro de prestaciones sociales. La Sala argumentó que la Alzada actuó conforme a lo alegado por los actores, quienes no reclamaron el reconocimiento del derecho a la jubilación, ya que este ya había sido concedido. Además, se abordaron diversas denuncias de incongruencia y falta de motivación, las cuales fueron desestimadas por la Sala.
Extracto de la motiva
La Sala pasó a revisar la sentencia recurrida, y encuentra que la Alzada por su parte expresó: “En el presente caso, vemos del libelo de la demanda que no hay una pretensión de que se les conceda a los actores el beneficio de jubilación, ya que de la afirmación de los hechos explanados por los actores en el libelo de la demanda afirman y establecen que ya esa jubilación se les había concedido y esa es la base para determinar que la relación laboral finalizó en las fechas indicadas por cada uno de ellos.”. Visto así las cosas, es con base a esta misma afirmación del escrito de formalización analizada a la luz de la sentencia recurrida, que la Sala entiende que la Alzada decidió ajustado a lo alegado y peticionado en el escrito libelar, quien claramente determinó que según los propios actores, el beneficio de jubilación les había sido aprobado. Habiéndose constatado la congruencia entre lo alegado en el escrito libelar y lo decidido en Segunda Instancia, resulta forzoso para esta Sala declarar improcedente la actual denuncia. Así se establece.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte demandante, contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 8 de julio de 2009.
Palabras clave
cobro de prestaciones socialesrecurso de casaciónjubilaciónprescripción