Sentencia N° 79 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de abril de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 079, Exp. C05-0031, 12/04/2005
ExpedienteC05-0031
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-04-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Salvador Ramírez Ramírez, confirmando la decisión del Juzgado Duodécimo de Control que decretó el auto de apertura a juicio por la presunta comisión del delito de apropiación indebida calificada. Posteriormente, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestimó el recurso de casación por inadmisible, argumentando que el auto de apertura a juicio no es recurrible según el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
La decisión recurrida resulta inimpugnable mediante el recurso extraordinario de casación, ya que de conformidad con lo establecido en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, sólo serán recurribles ante la Sala de Casación Penal las sentencias que pongan fin al juicio o impidan su continuación, no siendo el auto de apertura a juicio una de ellas, como es el caso. En razón de lo expuesto, se desestima, por inadmisible, el recurso de casación interpuesto por el recurrente, según el artículo 465 “eiusdem”. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, desestima, por inadmisible, el recurso propuesto por la defensa. Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.
Palabras clave
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