Sentencia N° 734 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de diciembre de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 734, Exp. C08-280, 18/12/2008
ExpedienteC08-280
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-12-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 18 de diciembre de 2008, declaró sin lugar la cuarta denuncia del recurso de casación interpuesto por el abogado Miguel Sequera Adriani, en representación del acusado Ildemaro Paredes Terán. La Corte de Apelaciones había resuelto un recurso de apelación en el que se cuestionaba la negativa del Tribunal de Juicio a realizar una inspección en el sitio del suceso, así como la valoración de las pruebas presentadas durante el juicio. La Sala consideró que no hubo violación de los derechos y garantías constitucionales del acusado y que la decisión de la Corte de Apelaciones estaba debidamente motivada y fundamentada en derecho.
Extracto de la motiva
La motivación de un fallo radica en manifestar la razón jurídica en virtud de la cual el juzgador adopta una determinada resolución, su decisión es un acto que se origina por el estudio y evaluación de todas las circunstancias particulares y específicas del caso controvertido, así como de los elementos probatorios que surjan durante el desarrollo del proceso penal. Para poder establecer que un fallo se encuentra correctamente motivado, este debe expresar los motivos de hecho y de derecho en que ha sido fundamentado y según lo que se desprendió durante el proceso. En tal sentido, la motivación comprende la obligación, por parte de los jueces, de justificar racionalmente las decisiones judiciales y así dar exacta garantía del derecho a una tutela judicial efectiva conforme impone el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Tal exigencia, se encuentra íntimamente relacionada con la legitimidad de la función jurisdiccional, en torno a que el fundamento de la sentencia debe lograr el convencimiento de las partes en relación a la justicia impartida y permitir el control de la actividad jurisdiccional.
Dispositiva
Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la cuarta denuncia del recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado MIGUEL SEQUERA ADRIANI contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, el 6 de mayo de 2008.
Palabras clave
homicidio calificadoporte ilícito de armainspección judicialderecho a la defensatutela judicial efectivamotivación de sentencia