Sentencia N° 666 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de diciembre de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 666, Exp. C09-407, 16/12/2009
ExpedienteC09-407
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-12-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta al recurso de casación interpuesto por la defensa de Rafael Ángel Villasmil González, desestima el recurso por considerarlo manifiestamente infundado. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria por el delito de violación, y la defensa alegó vicios en la valoración de pruebas y falta de motivación en la decisión. Sin embargo, la Sala concluye que los alegatos no cumplen con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
De la lectura realizada al escrito de casación interpuesto por la defensa del ciudadano acusado RAFAEL ÁNGEL VILLASMIL GONZÁLEZ, se evidencia, que no cumple el impugnante con lo establecido en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, ni con la doctrina de la Sala, en cuanto a la correcta fundamentación del referido recurso. En efecto, advierte la Sala que los alegatos planteados por el recurrente carecen de la debida claridad y precisión, por cuanto no indicó la norma en que fundamenta el recurso por el interpuesto, ni citó las disposiciones legales que consideró infringidas por los vicios de: “... Incorrecta valoración de las Pruebas...”, Falta de Motivación del fallo...”, “... Incorrecta Aplicación de una Norma Jurídica y de Errónea Interpretación de la Norma Jurídica...”, limitándose a exponer a lo largo de su fundamentación que la Corte de Apelaciones: “... no entró a analizar las pruebas debatidas en el Juicio Oral y Público...”, y que: “... no establecieron las razones de hecho de su determinación judicial...”. Ahora bien, los presuntos vicios alegados no pueden atribuírsele a la Alzada, ya que a la misma no le corresponde analizar pruebas ni establecer hechos, por cuanto es propio del Tribunal de Juicio.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el Defensor Privado del ciudadano RAFAEL ÁNGEL VILLASMIL GONZÁLEZ. Así se declara.