Sentencia N° 668 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de diciembre de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 668, Exp. C09-317, 16/12/2009
ExpedienteC09-317
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-12-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, al revisar el recurso de casación interpuesto por la defensa de ALBERTO JOSÉ PERALTA CABRERA, confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La defensa alegó falta de motivación en la sentencia del Tribunal de Juicio, argumentando que no se realizó un análisis adecuado de las pruebas testimoniales. Sin embargo, la Sala constató que la Corte de Apelaciones había examinado la sentencia de primera instancia y encontró que estaba suficientemente motivada, señalando las razones por las cuales se atribuyó convicción a los testimonios presentados. La Sala de Casación Penal determinó que la Corte de Apelaciones cumplió con los requisitos de motivación establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, y que la valoración de las pruebas fue coherente y verosímil. En consecuencia, se desestimaron los alegatos de la defensa sobre la falta de análisis y comparación de los testimonios, concluyendo que la sentencia impugnada cumplía con los estándares requeridos por la ley. Finalmente, la Sala declaró sin lugar el recurso de casación, reafirmando la condena impuesta al acusado por el delito de homicidio calificado con alevosía, y ordenó la publicación y registro de la decisión.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: El recurrente alegó como motivo de casación, que la Corte de Apelaciones incurrió en la: “… falta de aplicación del artículo 441…”, del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no resolvió el punto alegado en la apelación referido a la falta de motivación de la sentencia del Tribunal de juicio. En tal sentido, la Sala de Casación Penal, examina la denuncia formulada en el recurso de apelación por el defensor del ciudadano acusado ALBERTO JOSÉ PERALTA CABRERA, y observa que con base al artículo 452 (numeral 2), del Código Orgánico Procesal Penal, denunció la falta de motivación del fallo de primera instancia, alegando que: “… no analizó ni comparó el contenido de las declaraciones de los ciudadanos testigos RODRÍGUEZ REINA ANGELINA, VÁSQUEZ SANTOS PABLO y CASTRO PEÑA JOSÉ MANUEL, testigos estos fundamentales, por cuanto dicen ser ‘presenciales’, de los hechos que el Ministerio Público imputó y de cuyos testimonios, el Tribunal extrajo el sentimiento de condena; en iguales términos la declaración dada en juicio por el Anatomopatólogo FRANKLIN JOSÉ PÉREZ NARVÁEZ; en la recurrida lo que existe es una transcripción al texto de sus testimoniales, lo que se traduce en violación de los numerales 3 y 4 del artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto al fundamento de hecho se refiere (Omissis). Pero del análisis que hizo esta defensa en el transcurso del juicio, observó que tales declaraciones eran contradictorias y no podían corroborarse entre sí y con el protocolo de autopsia…

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el defensor del ciudadano acusado ALBERTO JOSÉ PERALTA CABRERA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 467 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

homicidio calificadoalevosíarecurso de casaciónfalta de motivacióntestigos presencialesCódigo Orgánico Procesal Penalsentencia

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