Sentencia N° 731 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de diciembre de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 731, Exp. C06-0363, 18/12/2007
ExpedienteC06-0363
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-12-18
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Freddy de Jesús Acevedo Véliz, quien había sido condenado a quince años de presidio por homicidio intencional y uso indebido de arma de fuego. La decisión se fundamenta en la valoración de las pruebas testimoniales y periciales presentadas durante el juicio, así como en la correcta aplicación de las normas procesales por parte del tribunal de juicio.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: Por cuanto las dos denuncias planteadas guardan una fundamentación en común, la Sala procede a resolverlas conjuntamente: En fecha 9 de marzo de 2005, el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, condenó al ciudadano FREDDY DE JESÚS ACEVEDO VÉLIZ, a la pena de quince (15) años de presidio, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional en la modalidad de Dolo Eventual y Uso Indebido de Arma de Fuego, previstos en los artículos 407 y 282 del Código Penal. A tal efecto, expresó: "…CONCLUSIONES DEL ANÁLISIS PROBATORIO: (…) Con la apertura del debate probatorio se escuchó a la testigo ciudadana JOSEFINA GUARDIA, quien es la dueña de la casa donde acontecieron los hechos, en donde la hoy occisa DIRAYCI COROMOTO MACHADO RIVAS, se encontraba de visita, viendo la televisión en compañía de la hija de JOSEFINA GUARDIA; la presente testimonial es de amplia importancia, en virtud de que la mencionada ciudadana vio a la comisión policial, escucho los disparos y posteriormente, dio fe de haber visto el cuerpo de la hoy occisa herido y con sangre; igualmente observo cuando el ciudadano ECHENIQUE, pareja para ese entonces de la hoy occisa, cargando con la misma y con tono desesperado pidiendo ayuda. Explico claramente en la audiencia del Juicio Oral y Público que no existió ningún enfrentamiento y dijo que las personas que se encontraban en su patio eran conocidas y venían de un juego, algo muy habitual pararse en se sitio. En relación a la declaración del testigo FLORES WILLIAMS JESUS, quien se encontraba cerca del sitio del suceso, en virtud de que trabaja desde hace varios años en un kiosco cercano a la casa de la señora JOSEFINA GUARDIA, el mismo es conteste con la declaración de JOSEFINA GUARDIA, en relación a la llegada de los policías, y algo muy importante dejo claro que no hubo enfrentamiento alguno en el sitio del suceso e igualmente relato como se encontraban unos muchachos que venían de un juego.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara sin lugar el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado FREDDY DE JESÚS ACEVEDO VÉLIZ. Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente y remítase el expediente.

Palabras clave

homicidio intencionaluso indebido de arma de fuegorecurso de casacióntutela judicial efectivadebido procesopruebas testimonialesvaloración probatoria

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