Sentencia N° 682 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de diciembre de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 682, Exp. C24-445, 05/12/2024
ExpedienteC24-445
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-12-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada ELSA JANETH GÓMEZ MORENO, declaró sin lugar los recursos de casación interpuestos por varios abogados defensores en un caso relacionado con delitos de terrorismo. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la admisibilidad de los recursos de casación. Se resalta que la sentencia recurrida fue emitida por la Sala Especial Dos de la Corte de Apelaciones, que había declarado previamente sin lugar los recursos de apelación interpuestos contra una condena de 30 años de prisión por homicidio intencional calificado y otros delitos graves.

Extracto de la motiva

motivar y decidir conforme a la inmediación, oralidad y apreciación de las pruebas, este último en IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 159 atención al mandato procesal contenido en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, estima quedó acreditado que en fecha 04 de agosto de 2018, se atentó contra la vida del ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, NICOLAS MADURO MOROS, momento en que se dirigía a la Nación a través de un discurso público, notorio y comunicacional, transmitido a través de Cadena Nacional de Radio y Televisión, en virtud del marco de la celebración de un acto que se desarrollaba en horas de la tarde, en la Tarima Presidencial que fue ubicada al final de la Avenida Bolívar de la ciudad de Caracas del Distrito Capital, con ocasión del Octogésimo Primer (81°) Aniversario de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, quien se encontraba de igual manera acompañado por altos funcionarios del Poder Publico Nacional, miembros del Alto Mando Militar, efectivos castrenses de la Guardia Nacional Bolivariana y el público en general, cuando se escucharon y todos fueron sorprendidos por dos (02) fuertes detonaciones que causaron un gran estado de alarma en todas las personas que asistieron al referido acto, así como en los televidentes y radioescuchas que estaban observando y escuchando el discurso, lo que originó que se activaran los cuerpos de seguridad del Estado y la Guardia de Honor Presidencial para resguardar y proteger la vida del Presidente de la República, apreciando esta Juzgadora en el debate oral y público que ambas explosiones efectivamente fueron causadas, producto de la activación de artefactos explosivos que fueron incorporados a dos (02) aeronaves no tripuladas tipo (DRON), una de las cuales invadió el espacio aéreo adyacente a la mencionada tarima presidencial, generando una explosión de gran magnitud que puso en riesgo l

Dispositiva

Se declaran sin lugar los recursos de casación interpuestos por los abogados Eliécer Peña Granda, Zoraida Castillo de Cárdenas, Gracimar Del Valle Fierro, Joel Antonio García Hernández, Juan Luis González Taguaruco y Stefania Migliorini Camposano, en representación de los acusados en el proceso por delitos de terrorismo.

Palabras clave

terrorismocasaciónhomicidiodecisión judicial

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