Sentencia N° 643 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de diciembre de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 643, Exp. C24-412, 04/12/2024
ExpedienteC24-412
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-12-04
DecisiónNulidad Absoluta

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decreta la nulidad absoluta de la decisión del Tribunal Quinto de Primera Instancia que había declarado la extinción de la acción penal por prescripción judicial a favor de JOSÉ LUIS CHÁVEZ RODRÍGUEZ. Se argumenta que el tribunal de juicio no fundamentó adecuadamente su decisión, omitiendo explicar cómo la prolongación del juicio no fue atribuible al imputado. La Sala ordena reponer la causa a un tribunal diferente para que se pronuncie sobre la prescripción judicial.

Extracto de la motiva

motiva de la misma, vinculados ante todo, a valores, principios, normas, derechos y garantías constitucionales, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a la debida responsabilidad penal que tiene cada ciudadano frente al Estado venezolano por los hechos punibles cometidos, a la seguridad jurídica y a la Justicia, entre otras expresiones jurídicas en la misma y en el proceso penal que le dio lugar al fallo sub examine (vid. arts. 1, 2, 3, 26, 49 y 257 del Texto IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 21 de 33 Fundamental), las cuales están estrechamente a la seguridad y mantenimiento de la paz social del Estado venezolano que señala la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y han sido objeto de interpretación por parte de esta Sala Constitucional en el desarrollo de sus jurisprudencia…” En tal sentido, de la revisión de las actuaciones que conforman la presente causa esta Máxima Instancia, pudo observar que en fecha 6 de diciembre de 2023, el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, publicó una decisión en la cual señaló, entre otras cosas, lo siguiente: “…De lo antes expuesto y con base a las jurisprudencias dictadas por las Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, se colige que el cómputo de la prescripción judicial o extraordinaria, debe comenzar a partir de la fecha del acto de imputación formal, sea que éste tenga lugar en sede fiscal durante el transcurso del procedimiento ordinario, o en la audiencia que se celebre en razón de la aprehensión en flagrancia del imputado, conforme a lo dispuesto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, o con ocasión de la audiencia de presentación celebrada de conformidad con el articulo 250 ejusdem, una vez materializada la orden de aprehensión preventiva acordada por el juzgado de control; pues sólo será a partir de ese momento q

Dispositiva

PRIMERO: Decreta la NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada el 6 de diciembre de 2023, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo en la cual declaró la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN JUDICIAL y en consecuencia decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano JOSÉ LUIS CHÁVEZ RODRÍGUEZ.

Palabras clave

nulidadprescripciónacción penalcasación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca