Sentencia N° 568 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de diciembre de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 568, Exp. R11-445, 14/12/2011
ExpedienteR11-445
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicación
Fecha de la decisión2011-12-14
DecisiónHA LUGAR
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Ninoska Beatriz Queipo Briceño, se pronunció sobre la solicitud de radicación presentada por el Fiscal José Miguel Medina Sayago, en relación a un caso penal por el delito de rebelión. La Sala determinó su competencia para conocer la solicitud, fundamentándose en la gravedad del delito y el escándalo público que ha causado en el estado Apure, donde se encuentran los imputados.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal considera que en el caso bajo análisis, se configura el primero de los supuestos indicados supra; pues los delitos son graves y los hechos son de tanta trascendencia pública y notoriedad que han causado alarma y escándalo público en la colectividad del estado Apure, por lo que deben ser juzgados con especial celeridad procesal, lo que se traduce en el amparo de una tutela judicial efectiva y oportuna.
Dispositiva
1) Declara HA LUGAR la solicitud de radicación propuesta por el ciudadano JOSÉ MIGUEL MEDINA SAYAGO, Fiscal Vigésimo Sexto del Ministerio Público a Nivel Nacional y con Competencia Plena. 2) Ordena a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Apure la remisión inmediata de la causa seguida contra los ciudadanos BELKIS MARILIN PÉREZ YÁNEZ, RUBÉN ANTONIO CÁRDENAS TORREALBA, ANDERSON ALONSO CASTELLANOS GUTIÉRREZ, ÁNGEL MARÍA FERRER HERNÁNDEZ, NICANOR YÁNEZ ESCOBAR Y NÉSTOR VILLAFAÑE, ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Apure, extensión Guasdualito, a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de su pronta distribución en un Juzgado de Primera Instancia con Competencia Exclusiva para conocer de los Delitos vinculados con el Terrorismo, Extorsión y Secuestro Asociado a los Paramilitares o Guerrillas a Nivel Nacional para la continuación del proceso.