Sentencia N° 537 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de diciembre de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 537, Exp. E11-385, 08/12/2011
ExpedienteE11-385
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2011-12-08
DecisiónRemite el expediente

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de estatus y del inicio del trámite de extradición de VÍCTOR HUGO OCAMPO GONZÁLEZ. Se determinó que corresponde a esta Sala conocer de las solicitudes de extradición conforme a la ley y tratados internacionales ratificados por Venezuela, siempre que exista una decisión del Tribunal de Primera Instancia que acuerde el inicio del procedimiento de extradición activa por parte del Ministerio Público.

Extracto de la motiva

Del contenido de los dispositivos legales ut supra transcritos, se observa que corresponde a esta Sala de Casación Penal, el conocimiento de las solicitudes de extradición de conformidad con la Ley, los tratados o convenios internacionales que en materia penal hayan sido ratificados por la República Bolivariana de Venezuela, siempre que haya una decisión del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control que acuerde el inicio de la solicitud de extradición activa efectuada por el Ministerio Público; en consecuencia esta Sala, observa lo siguiente: En fecha 23 de septiembre de 2011, el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, ordenó la remisión del expediente seguido en contra del ciudadano VÍCTOR HUGO OCAMPO GONZÁLEZ, a esta Sala Penal al objeto de “… que provea lo conducente en cuanto a la SOLICITUD FORMAL DE EXTRADICIÓN del precitado, presentada por este Tribunal a través de esta líneas; quien según oficio N° 9700-190-1486 de fecha 27/04/2011 emanado de la División de Investigaciones Interpol Caracas, por información suministrada desde la Oficina Central Nacional Interpol Bogotá, Colombia, este se encuentra detenido en ese país, dada la orden de captura emitida por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal en fecha 04 de octubre de 2006…”.(Folio 24 de la pieza 1 del expediente).

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, REMITE EL EXPEDIENTE a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, para que a su vez lo remita al Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de ese mismo Circuito Judicial, para que conozca del estatus y de la solicitud de inicio del trámite de la Extradición Activa del ciudadano VÍCTOR HUGO OCAMPO GONZÁLEZ, en aplicación de los artículos 29 (numeral 1) de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 392 (encabezamiento) del Código Orgánico Procesal Penal, previa notificación al Ministerio Público.

Palabras clave

extradicióncompetenciaCódigo Orgánico Procesal PenalLey Orgánica del Tribunal Supremo de JusticiaMinisterio Público

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