Sentencia N° 476 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de noviembre de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 476, Exp. R06-0460, 16/11/2006
ExpedienteR06-0460
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicación
Fecha de la decisión2006-11-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de radicación de un juicio penal por la presunta comisión del delito de apropiación indebida. La solicitud fue presentada por la Sociedad Mercantil “Inversiones Domenichetti, C.A.”, argumentando la falta de imparcialidad de los jueces del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua debido a vínculos personales. La Sala examinó los fundamentos de la solicitud y determinó que no se cumplían los requisitos establecidos en la ley para proceder con la radicación.
Extracto de la motiva
La Sala señala, que la radicación es una institución que consiste en encomendar el conocimiento de una causa específica, a un tribunal de igual categoría, pero que no es legalmente competente por el territorio, según el artículo 57 del Código Orgánico Procesal Penal, la referida figura jurídica no debe ser utilizada de manera discrecional por las partes y necesariamente deben configurarse por lo menos una de las dos circunstancias de manera clara y precisa, tal y como lo establece la ley, para que la misma pueda proceder. Por lo tanto, separar del conocimiento de la causa al juez que le corresponde, bien sea por el territorio o por la materia, es decir, al juez competente para juzgar al imputado, sin concurrir alguno de los supuestos exigidos en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal, sería una violación flagrante al principio del juez natural y a la garantía constitucional al debido proceso, consagrada en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
Por todas las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la radicación solicitada por el apoderado judicial de la querellante, la Sociedad Mercantil “Inversiones Domenichetti, C.A.”. Ofíciese lo conducente y remítase el expediente.
Palabras clave
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