Sentencia N° 196 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de mayo de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 196, Exp. R07-0139, 03/05/2007
ExpedienteR07-0139
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicación
Fecha de la decisión2007-05-03
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Deyanira Nieves Bastidas, se pronunció sobre la solicitud de radicación del juicio contra Luis Antonio Cuenca Acosta, presentada por el Ministerio Público. La solicitud se fundamentó en la alarma y escándalo público generados por el homicidio de una adolescente, así como en la serie de inhibiciones y recusaciones de jueces en el Circuito Judicial Penal del estado Falcón.
Extracto de la motiva
La Sala estima que un hecho criminal de esa magnitud, siempre ha de causar conmoción en la comunidad donde acontece, por lo que tal cobertura siempre es propia de los medios de comunicación, aunado a que la información es un derecho constitucional consagrado en los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En relación a la alarma, sensación y escándalo público que generó el fallecimiento de la joven María Fernanda Galicia Delgado, la Sala estima que un hecho criminal de esa magnitud, siempre ha de causar conmoción en la comunidad donde acontece, por lo que tal cobertura siempre es propia de los medios de comunicación, aunado a que la información es un derecho constitucional consagrado en los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE RADICACIÓN de juicio solicitada por la representante del Ministerio Público.