Sentencia N° 307 — Sala de Casación Penal del TSJ, 1 de julio de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 307, Exp. R08-140, 01/07/2008
ExpedienteR08-140
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicación
Fecha de la decisión2008-07-01
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada MIRIAM MORANDY MIJARES, decidió sobre la solicitud de radicación de un juicio penal por delitos graves, presentada por el Fiscal Séptimo del Ministerio Público. La solicitud se fundamentó en la supuesta alarma pública generada por los delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y asociación ilícita para delinquir, argumentando que la situación en el Estado Zulia podría influir en la imparcialidad del juicio.
Extracto de la motiva
La Sala Penal ha expresado que para que proceda la radicación de un juicio debe darse por lo menos uno de los supuestos establecidos en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal y en el caso bajo examen el supuesto en el cual se fundamenta el solicitante de la radicación no existe, pues los hechos investigados han causado en la colectividad la sensación de alarma propia que produce la detención de un presunto “capo de la droga” en nuestro país. Pero no puede aseverarse que tan sólo por haber sido reseñado tal suceso en diversos medios de comunicación regional y nacional, ello impida a quienes corresponda el conocimiento del juicio, seguido a los presuntos autores de tal hecho, obrar con la debida imparcialidad.
Dispositiva
Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la radicación de la causa solicitada por el ciudadano abogado RICHARD IGNACIO PÉREZ CARREÑO, Fiscal Séptimo del Ministerio Público al Nivel Nacional con Competencia Plena.