Sentencia N° 470 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de noviembre de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 470, Exp. R11-298, 24/11/2011
ExpedienteR11-298
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicación
Fecha de la decisión2011-11-24
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de radicación presentada por el abogado Oscar Marino Ardila Zambrano en favor de su defendido, Julio César Caruci Calles, quien enfrenta cargos por homicidio calificado y uso indebido de arma de fuego. La solicitud fue motivada por la paralización del proceso debido a la falta de jueces accidentales en la Corte de Apelaciones del estado Mérida. La Sala, tras evaluar la situación, declaró inadmisible la solicitud de radicación, argumentando que la causa ya había sido objeto de pronunciamiento previo, adquiriendo el carácter de cosa juzgada.
Extracto de la motiva
La radicación es un importante fenómeno procesal, como bien conoce la Sala, que tiene su sustento en causales taxativas señaladas en la Ley y procede en consecuencia, cuando en los casos de delitos graves cuya perpetración cause alarma, sensación o escándalo público, que puedan perturbar la recta administración de la justicia en la Circunscripción Judicial donde el Juicio se ventila; o cuando por recusación, inhibición o excusa de los jueces titulares y sus suplentes y conjueces respectivos del proceso se paralice indefinidamente, como ocurre y así se demostró en nuestro caso las Corporaciones Judiciales en el ámbito de su competencia territorial pueden determinar que un proceso sea radicado a otra Circunscripción Judicial, habiéndose por su puesto, determinado algunas de las circunstancias especiales como en este caso en concreto han ocurrido (sic), capaz de impedir que la justicia prevalezca, y se materialice el Poder Punitivo del Estado Venezolano, logrando así un juicio claro, transparente y con todas las garantías procesales para el acusado y para la víctima, en el que no interfieran factores exógenos que puedan comprometer la imparcialidad de un Tribunal de Juicio, Mixto o con escabinos o una Corte de Apelaciones peor aun SIN JUECES, si fueran (sic) el caso presidido por un juez profesional que tendrá la responsabilidad de declarar culpable o no culpable.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE, la solicitud de radicación propuesta por la defensa del ciudadano Julio César Caruci Calles.