Sentencia N° 445 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de diciembre de 2017

TSJ/SCP, Sent. N° 445, Exp. E17-281, 08/12/2017
ExpedienteE17-281
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2017-12-08
DecisiónARCHIVO

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano JHON RAFAEL TAQUIRI, requerido por la República del Perú por la presunta comisión del delito de robo agravado. La Sala declara su competencia para conocer del procedimiento de extradición, pero establece que no se puede proceder debido a que no se tiene conocimiento de la ubicación del requerido en el territorio venezolano, lo que es un requisito esencial para la tramitación de la solicitud.

Extracto de la motiva

La extradición funge como un mecanismo de cooperación internacional en la lucha contra el delito, por ello la República Bolivariana de Venezuela obra con la máxima cautela y responsabilidad, siendo que en el caso de la extradición pasiva, nuestro País, como Estado requerido, debe atender los derechos individuales inherentes a la dignidad humana, constituyendo la intervención de la autoridad judicial nacional una garantía para el perseguido, a favor de tales derechos y por principio de solidaridad humana, en interés de la justicia. En este sentido, conforme con lo dispuesto en la legislación vigente en nuestro país, la extradición pasiva puede ser tramitada por un gobierno extranjero ante la República Bolivariana de Venezuela, por dos vías: en primer lugar, presentando directamente la solicitud formal de extradición con la documentación judicial necesaria para dar inicio al procedimiento de extradición; y en segundo lugar, solicitando, como medida cautelar, la detención preventiva de la persona requerida, con el compromiso de producir posteriormente la solicitud formal de extradición, siendo en cualquiera de los dos casos, necesaria la ubicación y/o aprehensión del ciudadano requerido.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, ORDENA oficiar al Ministerio Público para que dé las instrucciones a fin de continuar con la búsqueda y localización del ciudadano JHON RAFAEL TAQUIRI, de nacionalidad peruana, quien es requerido por las autoridades de la República del Perú, a propósito de su eventual juzgamiento por la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio ROBO AGRAVADO. Se ordena el ARCHIVO del expediente identificado con el número AA30-P-2017-000281, contentivo de la solicitud de extradición pasiva del ciudadano JHON RAFAEL TAQUIRI, de nacionalidad peruana.

Palabras clave

extradiciónrobo agravadoJHON RAFAEL TAQUIRIRepública del Perú

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