Sentencia N° 384 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de abril de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 384, Exp. 09-0080, 02/04/2009
Expediente09-0080
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoColision de Leyes
Fecha de la decisión2009-04-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso de colisión de leyes interpuesto por varios concejales del Municipio Brión del Estado Miranda. El recurso se basó en la colisión entre artículos de la Ley Orgánica de Emolumentos para los Altos Funcionarios y Funcionarias de los Estados y Municipios y la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. La Sala, al asumir competencia, establece que debe prevalecer la norma que se considere más adecuada según la Constitución.
Extracto de la motiva
En el presente caso, ha sido ejercido recurso por colisión de leyes entre los artículos, 2, 7 y 8 de la Ley Orgánica de Emolumentos para los Altos Funcionarios y Funcionarias de los Estados y Municipios y el artículo 79 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. En tal sentido, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela atribuye a esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su artículo 336.8, la competencia para “[r]esolver las colisiones que existan entre diversas disposiciones legales y declarar cuál debe prevalecer”, por lo que, en atención a dicha disposición constitucional, esta Sala asume la competencia para conocer del recurso de colisión de normas interpuesto. Así se decide.
Dispositiva
Se ACUERDA la remisión del presente expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Sala Constitucional para que decida acerca de la admisibilidad del recurso de colisión entre los artículos 2, 7 y 8 de la Ley Orgánica de Emolumentos para los Altos Funcionarios y Funcionarias de los Estados y Municipios y el artículo 79 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, interpuesto por el abogado Jorge Luis Meza.
Palabras clave
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