Sentencia N° 1082 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de noviembre de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 1082, Exp. 09-0010, 03/11/2010
Expediente09-0010
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoColision de Leyes
Fecha de la decisión2010-11-03
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la colisión entre los artículos de la Ley Orgánica de Emolumentos para Altos Funcionarios y la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Se determinó que no existía colisión normativa, ya que las disposiciones no conducen a consecuencias jurídicas diversas. La demanda fue declarada inadmisible, considerando que la controversia ya había sido resuelta en un fallo anterior, lo que generó cosa juzgada sobre el asunto. Se acumularon los expedientes relacionados para evitar decisiones contradictorias.

Extracto de la motiva

La Sala ha expresado que: 'En tal sentido, la cosa juzgada material tiene un efecto que ha sido considerado como positivo frente al proceso, referido a ‘la influencia de una sentencia firme sobre un segundo proceso que versa sobre el mismo objeto'. En este sentido, el artículo 336.8 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece como atribución de esta Sala Constitucional '[...] Resolver las colisiones que existan entre diversas disposiciones legales y declarar cuál debe prevalecer'.

Dispositiva

1. ACUMULA los expedientes Nos. 09-0020 y 09-0080 a la causa contenida en el expediente N° 09-0010. 2. INADMISIBLE, sobrevenidamente, la demanda de colisión entre los artículos 1, 2, 7 y 8 de la Ley Orgánica de Emolumentos para Altos Funcionarios y Funcionarias de los Estados y Municipios, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.412 el 26 de marzo de 2002 y el artículo 79 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.421 del 21 de abril de 2005.

Palabras clave

colisión normativaremuneracionesfuncionarios públicoscosa juzgadainterpretación de normas

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca