Sentencia N° 243 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de marzo de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 243, Exp. 09-1269, 09/03/2011
Expediente09-1269
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoColision de Leyes
Fecha de la decisión2011-03-09
DecisiónHOMOLOGA EL DESISTIMIENTO

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, homologó el desistimiento del recurso de colisión de normas interpuesto por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras. Se consideró que la acción de colisión había perdido su interés jurídico debido a la derogatoria de las normas en conflicto. La Sala también dejó sin efecto la medida cautelar acordada en una sentencia anterior, permitiendo así que se proceda conforme a la nueva legislación vigente en el sector bancario.

Extracto de la motiva

En virtud de las reformas legislativas que sufrió el artículo 21 del Decreto con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras objeto de impugnación en la presente acción de colisión de leyes, y la diligencia suscrita el 24 de febrero de 2010, por la representación judicial de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, actualmente Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, mediante la cual expresan una pérdida del interés jurídico actual en el mantenimiento de la causa, debe verificarse la facultad procesal del apoderado judicial de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, para plantear el presente desistimiento, en atención a la exigencia previa, de poseer una facultad expresa para el ejercicio de la misma. Al efecto, se advierte que las reglas del Código de Procedimiento Civil son aplicables supletoriamente en los procedimientos que se ventilen ante el Tribunal Supremo de Justicia. En este sentido, la Sala aprecia que en el articulado de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia no existen normas especiales que regulen esta figura, de tal manera que resultan aplicables los artículos 263 y 264 del mencionado Código Procesal, conforme al artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia –que establece la supletoridad de las normas procesales del Código de Procedimiento Civil-...

Dispositiva

HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de colisión de normas de rango legal ejercido conjuntamente con medida cautelar innominada por el abogado Alí Daniels, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 46.143, actuando en su condición de apoderado judicial de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, actualmente, SUPERINTENDENCIA DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO, entre los artículos 12 y 20 del Decreto con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras y el artículo 21 eiusdem, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.892 del 31 de julio de 2008. Se DEJA SIN EFECTOS la medida cautelar acordada por esta Sala mediante sentencia N° 1.659 del 1 de diciembre de 2009.

Palabras clave

colisión de normasdesistimientosuperintendenciabancosmedida cautelarderecho administrativo

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