Sentencia N° 3243 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de diciembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 3243, Exp. 03-1383, 16/12/2004
Expediente03-1383
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-12-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Cristina Sayago contra la decisión del Juzgado Superior Primero que declaró improcedente su acción de amparo constitucional. La Sala determinó que la apelación no cumplía con los requisitos de procedencia del amparo, ya que los argumentos presentados eran los mismos que habían sido resueltos en instancias anteriores. La Sala reafirmó que el amparo no es un mecanismo para revisar decisiones ya juzgadas, sino para proteger derechos constitucionales no considerados previamente.
Extracto de la motiva
Tal y como quedó establecido en el capítulo anterior del presente fallo, la decisión objeto de la presente apelación declaró la improcedencia de la acción de amparo que le fue planteada por considerar que de la misma no se desprendían violaciones directas e inmediatas de derecho constitucional alguno. En este sentido, de las actas que conforman el presente expediente así como del propio escrito de solicitud de amparo constitucional se desprende que los argumentos esgrimidos en la acción de amparo son exactamente los mismos que fueron presentados como fundamento del recurso de apelación ejercido contra la decisión del Juzgado de Municipio, los cuales fueron resueltos por la decisión hoy accionada en amparo. Por lo tanto, es evidente que la parte accionante pretende, por la vía del amparo, una tercera revisión de los hechos previamente controvertidos y resueltos, por el simple hecho de no estar de acuerdo con las decisiones que sobre los mismos han sido proferidas, y no como consecuencia de nuevas violaciones constitucionales, derivadas directamente del acto accionado en amparo.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación de la ciudadana CRISTINA SAYAGO, contra la decisión dictada el 15 de mayo de 2003, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. En consecuencia, se CONFIRMA la referida decisión mediante la cual se declaró IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional ejercida por la apelante contra la decisión del 6 de marzo de 2003, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la misma Circunscripción Judicial.
Palabras clave
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