Sentencia N° 5094 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 5094, Exp. 05-1173, 16/12/2005
Expediente05-1173
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por Eduardo Saman contra la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que declaró inadmisible su acción de amparo constitucional. La Sala confirmó la inadmisibilidad, argumentando que el acto de convocatoria a Concurso de Oposición no es un acto definitivo y que el demandante contaba con otros recursos procesales para impugnar la decisión. Se reiteró que los actos de trámite no son susceptibles de impugnación autónoma por la vía del amparo constitucional.
Extracto de la motiva
Conforme con el criterio citado, que se reitera en el presente fallo, los actos de trámite no son susceptibles de impugnación autónoma por la vía del amparo constitucional, ya que éstos pueden ser atacados mediante el ejercicio del respectivo recurso en sede administrativa o a través del respectivo recurso contencioso administrativo de nulidad, si el acto adolece de alguno de los vicios enunciados en el artículo 85 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, lo cual permite afirmar que la acción incoada, en este particular, resulta inadmisible de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida y, en consecuencia, se CONFIRMA el fallo dictado por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo el 10 de Mayo de 2005, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano EDUARDO SAMAN, titular de la cédula de identidad Nº 6.431.696, asistido por el abogado Lenín F. Díaz G., antes identificado, contra la decisión del Consejo de Facultad de la Facultad de Farmacia de la Universidad Central de Venezuela del 14 de enero de 2005, de convocar a Concurso de Oposición para el cargo de Instructor a dedicación convencional (5 horas) en la Cátedra de Química General.
Palabras clave
amparo constitucionalconvocatoriaconcurso de oposiciónderecho a la defensadebido procesoinadmisionactos administrativosuniversidad