Sentencia N° 2490 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de diciembre de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 2490, Exp. 07-1263, 21/12/2007
Expediente07-1263
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-12-21
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional revisó la sentencia N° 394 dictada el 17 de julio de 2007 por la Sala de Casación Penal, que declaró inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la defensa del ciudadano Didier Enrique Contreras Camargo. La Sala Constitucional encontró que la decisión de la Sala Penal contradecía su jurisprudencia anterior y vulneraba derechos fundamentales, como el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva. En consecuencia, se declaró con lugar la revisión y se anuló la decisión impugnada, ordenando a la Sala Penal que dictara un nuevo fallo considerando lo dispuesto en esta sentencia.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al revisar la sentencia N° 394, observó que la Sala de Casación Penal había declarado inadmisible la solicitud de avocamiento sin considerar que el ciudadano Didier Enrique Contreras Camargo no había sido debidamente imputado, lo que vulneraba su derecho a la defensa. La Sala Constitucional destacó que la falta de imputación formal es una violación grave que afecta la seguridad jurídica y la confianza legítima de los justiciables. Además, se evidenció un trato desigual al ciudadano en comparación con otros casos similares, lo que contraviene el principio de igualdad ante la ley. Por lo tanto, se concluyó que la decisión de la Sala Penal era arbitraria y carecía de justificación, lo que llevó a la anulación de la misma.
Dispositiva
1.- Declara que HA LUGAR a la solicitud de revisión interpuesta por los abogados José Benigno Rojas Lovera y María Eugenia González Bastidas, contra la sentencia N° 394, dictada el 17 de julio de 2007, por la Sala de Casación Penal Accidental de este Tribunal Supremo de Justicia. 2.- ANULA la referida decisión y a los efectos de garantizar la tutela judicial efectiva, la Máxima Instancia Penal, una vez que reciba la copia certificada de la presente decisión, dictará, previo estudio y análisis, un nuevo fallo que resuelva la solicitud de avocamiento efectuada el 7 de marzo de 2007, por la defensa técnica del ciudadano Didier Enrique Contreras Camargo –actualmente detenido-, previo el recabamiento del expediente de la causa penal N° KP01-P-2006-005297 y tomando en cuenta lo dispuesto en el presente fallo, causa que se tramita en el Circuito Judicial Penal del Estado Lara. 3.- ORDENA remitir a la Inspectoría General de Tribunales, copia certificada tanto de este fallo como del escrito remitido a esta Sala Constitucional, vía correspondencia, por el ciudadano Didier Enrique Contreras Camargo, y recibido el 28 de noviembre de 2007, a objeto de que inicie instrucción disciplinaria al ciudadano Jorge Iván Ochoa Arroyave, en su condición de Juez Octavo de Primera Instancia de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira y dicte el acto conclusivo a que hubiere lugar.
Palabras clave
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