Sentencia N° 2479 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de diciembre de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 2479, Exp. 07-1400, 20/12/2007
Expediente07-1400
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-12-20
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la apelación interpuesta por la abogada Eileen Lorena Urdaneta Núñez, en su condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, contra la sentencia dictada el 17 de agosto de 2007. La decisión apelada había declarado con lugar la acción de amparo ejercida por PORTICOS, SEGURIDAD Y VIGILANCIA, S.A. por la conducta omisiva del juzgado en relación a solicitudes de pago por servicios de vigilancia y custodia de bienes de una empresa en quiebra.
Extracto de la motiva
La Sala concluye que la abogada Eileen Lorena Urdaneta Núñez carece de legitimación para apelar la decisión dictada por el Juzgado Superior, ya que un juez no puede impugnar decisiones que afectan su función juzgadora. Se establece que la acción de amparo debe ser interpuesta por quienes tienen un interés legítimo en la causa, y no por el juez que dictó la decisión cuestionada. Por lo tanto, se declara inadmisible la apelación y se mantiene firme la decisión del a quo.
Dispositiva
1) INADMISIBLE la apelación ejercida por abogada Eileen Lorena Urdaneta Núñez, en su condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, contra la sentencia dictada el 17 de agosto de 2007, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) DEFINITIVAMENTE FIRME la decisión del a quo. Publíquese y regístrese. Devuélvase el expediente al a quo. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparoapelacióntutela judicial efectivaconducta omisivaderecho de peticiónjuezdecisión judiciallegitimación