Sentencia N° 2459 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de diciembre de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 2459, Exp. 07-1343, 20/12/2007
Expediente07-1343
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-12-20
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por un grupo de ciudadanos contra una decisión de la Sala Electoral. Los accionantes alegaron la violación de sus derechos en el proceso electoral de la Caja de Ahorro (CASEP). La Sala fundamenta su decisión en la imposibilidad de interponer acciones contra fallos de este Tribunal, dado que es el máximo órgano de administración de justicia en la jerarquía jurisdiccional. Se reitera que la única forma de impugnar decisiones de las Salas del TSJ es a través de la solicitud de revisión prevista en la Constitución.
Extracto de la motiva
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos MARÍA MELÉNDEZ, JENNY GONZÁLEZ, JOSÉ GUTIÉRREZ, ZURITA SANTOS, NELSON FONSECA, JULIO PACHECO, ZAIDA SEIJAS, DENIS TRÍPOLI, MARISOL GÓNZALEZ, JORGE MENCIA, ANTONIETA PANETTA, ORLANDO PADILLA, ELIO POLANCO, SALVADOR LUQUE, LEANDRO JASPE, LUCY GARCÍA, LINO MARTÍNEZ y LUIS HERNÁNDEZ, contra la decisión No. 129 del 2 de agosto de 2007 dictada por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, con ocasión del recurso de nulidad ejercido por los accionantes contra el proceso electoral cuyo acto de votación se celebró el 4 de noviembre de 2005, para la elección de la nueva Junta Directiva de la Caja de Ahorro (CASEP).
Dispositiva
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos MARÍA MELÉNDEZ, JENNY GONZÁLEZ, JOSÉ GUTIÉRREZ, ZURITA SANTOS, NELSON FONSECA, JULIO PACHECO, ZAIDA SEIJAS, DENIS TRÍPOLI, MARISOL GÓNZALEZ, JORGE MENCIA, ANTONIETA PANETTA, ORLANDO PADILLA, ELIO POLANCO, SALVADOR LUQUE, LEANDRO JASPE, LUCY GARCÍA, LINO MARTÍNEZ y LUIS HERNÁNDEZ, contra la decisión No. 129 del 2 de agosto de 2007 dictada por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, con ocasión del recurso de nulidad ejercido por los accionantes contra el proceso electoral cuyo acto de votación se celebró el 4 de noviembre de 2005, para la elección de la nueva Junta Directiva de la Caja de Ahorro (CASEP). Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
amparo constitucionalinadmisibilidadderechos electoralesCaja de AhorroSala Electoraldecisión judicialproceso electoralrecurso de nulidad