Sentencia N° 2411 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de diciembre de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 2411, Exp. 07-0225, 20/12/2007
Expediente07-0225
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-12-20
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia del 1 de agosto de 2006 dictada por la Sala de Casación Civil, que había declarado con lugar un recurso de casación interpuesto por las codemandadas. La Sala Constitucional determinó que la decisión de reponer la causa al estado de intimación individual de las sociedades demandadas violaba el derecho a una justicia expedita, ya que ambas sociedades tenían el mismo representante legal y habían sido debidamente intimadas. Por lo tanto, se anuló la sentencia recurrida y se ordenó a la Sala de Casación Civil emitir un nuevo fallo conforme a los criterios establecidos.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Civil de este Supremo Tribunal, en sentencia Nº 000565/2006 del 1 de agosto de 2006, declaró con lugar el recurso de casación propuesto por el apoderado judicial de INVERSIONES GUTIÉRREZ C.A. y FÁBRICA DE FUEGOS ARTIFICIALES GUTIÉRREZ C.A. (FAGUCA), parte codemandada en el juicio de cobro de bolívares (vía intimación) seguido ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia del 29 de julio de 2005. En consecuencia, la referida decisión declaró la nulidad de la sentencia recurrida así como de la dictada por el referido Juzgado de Primera Instancia el 26 de julio de 2004 y de todo lo actuado a partir de la oportunidad en la que se intimó a la co-demandada INVERSIONES GUTIÉRREZ C.A.; y se repuso la causa al estado en que el Juez de Primera Instancia que resulte competente, ordene la intimación de la co-demandada FÁBRICA DE FUEGOS ARTIFICIALES GUTIÉRREZ C.A. (FAGUCA), con fundamento en las siguientes consideraciones: “Aduce el formalizante la violación de normas de orden público y del derecho a la defensa, por cuanto no se intimó a una de sus representadas para hacer oposición al decreto de intimación, por lo cual solicita la reposición al estado de renovar el acto de intimación. Con el propósito de comprobar la veracidad y procedencia de lo alegado por el formalizante, la Sala examina las actas del expediente, lo cual es permisible por la naturaleza de la denuncia de reposición no decretada planteada”.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide que HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional, interpuesta por el abogado Freddy Ferrer Medina, apoderado judicial del ciudadano CARLOS ALFONSO BURGOS GÓMEZ, de la sentencia dictada el 1 de agosto de 2006 por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, la cual se declara nula, por lo que se ordena a dicha Sala emita nuevo fallo de acuerdo al criterio expuesto en la presente decisión y la doctrina vinculante de esta Sala. Publíquese, regístrese, archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
revisión constitucionalintimaciónderecho a la defensajusticia expeditasentencia nulacosa juzgadacódigo de procedimiento civil