Sentencia N° 2397 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de diciembre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 2397, Exp. 07-1279, 20/12/2007
Expediente07-1279
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-12-20
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Nora Teresa Ramos Araujo, apoderada de Heberto Antonio Peña Rojas, contra las sentencias del Juzgado Tercero de Juicio y la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. La decisión se fundamenta en la inepta acumulación de pretensiones, ya que se denunciaron a dos tribunales distintos en un mismo libelo, lo que impide que un solo órgano jurisdiccional resuelva sobre varias denuncias de presuntas violaciones a derechos constitucionales.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo fue ejercida contra las decisiones proferidas por el Juzgado Tercero de Juicio y la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones, ambas del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en el curso del proceso penal seguido en contra del accionante y en la cual el referido juzgado de juicio dictó sentencia condenatoria, siendo confirmada a su vez por la mencionada Sala de Corte de Apelaciones al declarar sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del hoy accionante. En consecuencia, resulta necesario determinar si la acumulación realizada en el escrito libelar, es procedente en definitiva o si, por el contrario, se configura un caso típico de inepta acumulación de pretensiones.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE -por inepta acumulación- la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Nora Teresa Ramos Araujo, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano HEBERTO ANTONIO PEÑA ROJAS, contra las sentencias del 20 de septiembre de 2006 y 12 de enero de 2007, dictadas, respectivamente, por el Juzgado Tercero de Juicio y la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones, ambos del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.

Palabras clave

amparo constitucionalinepta acumulaciónderechos fundamentalestutela judicial efectivaCorte de Apelacionessentencia condenatoriaproceso penal

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