Sentencia N° 2103 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de diciembre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 2103, Exp. 00-0833, 28/11/2006
Expediente00-0833
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-12-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por Cervecería Polar del Centro, C.A., Alimentos Heinz, C.A. y Canteras Cura, C.A. contra la Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio del Municipio San Joaquín del Estado Carabobo. La Sala determinó que el Municipio tenía competencia para legislar en materia tributaria y sancionatoria, y que las alegaciones de violación a derechos constitucionales, como el derecho a la propiedad y a la no confiscación, no fueron probadas adecuadamente por los recurrentes.

Extracto de la motiva

La Sala observa que, en principio, resultaría menester determinar la naturaleza jurídica de dicho derecho sancionador, a los fines de constatar si éste, tal como alegan las recurrentes, forma parte del derecho penal y, por consiguiente, constituye competencia exclusiva del Poder Nacional. La discusión sobre la autonomía del derecho sancionador con relación a su ubicación frente a las otras ramas del derecho, ha sido uno de los temas en los que, doctrinalmente, no ha habido un consenso determinante; en todo caso, bien la tesis que reconoce al derecho sancionador administrativo o tributario como parte del derecho penal, o la que afirma la autonomía de dicho derecho, ambas coinciden en que se trata de una forma de manifestación del poder del Estado para castigar conductas antijurídicas. En consecuencia, se concluye que los artículos de la Constitución de 1961 denunciados por las recurrentes como infringidos se reiteran en la Carta Magna de 1999 y que el contenido de los mismos indica tanto la competencia que en materia tributaria le otorga la Norma Fundamental a los municipios, como su potestad sancionatoria.

Dispositiva

1. SIN LUGAR el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto conjuntamente con amparo constitucional por CERVECERÍA POLAR DEL CENTRO, C.A., ALIMENTOS HEINZ, C.A. y CANTERAS CURA, C.A. contra la Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio, específicamente contra los artículos 51, 53, parágrafo único y 57 de dicha Ordenanza. 2. Se deja SIN EFECTO la decisión dictada por esta Sala No. 307 del 6 de marzo de 2001, la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el amparo constitucional interpuesto conjuntamente con el presente recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra la Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio dictada por el Municipio San Joaquín del Estado Carabobo.

Palabras clave

nulidadinconstitucionalidadpatente de industriacomerciosancionesderecho a la propiedadcompetencia municipalautonomía

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca