Sentencia N° 2007 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de diciembre de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 2007, Exp. 11-1373, 16/12/2011
Expediente11-1373
PonenteGladys María Gutiérrez Alvarado
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2011-12-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación relacionado con una acción de amparo interpuesta por defensores de los ciudadanos José Alberto Márquez Agüero y José Alexis López. La apelación fue presentada contra una decisión del Juzgado Quinto de Primera Instancia que negó una medida humanitaria solicitada por la defensa. La Sala consideró que era necesario solicitar información adicional a los juzgados de origen para poder dictar una decisión ajustada a derecho.

Extracto de la motiva

Visto que, según se desprende del escrito de amparo, los abogados defensores realizaron tres denuncias en torno a la violación de los derechos y garantías constitucionales de sus defendidos, a saber: 1) por la negativa del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de otorgarle al acusado José Alberto Márquez Agüero una medida cautelar por razones humanitarias; 2) por presuntas violaciones ocurridas en la audiencia preliminar y en la acusación fiscal; y, 3) por la denegación de justicia por parte del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del mismo Circuito Judicial Penal, el cual ordenó abrir un cuaderno separado para el recurso de apelación ejercido por la defensa, pero no lo remitió a la Corte de Apelaciones de ese Circuito Judicial Penal.

Dispositiva

Visto que, en el fallo dictado por la Sala Accidental n.°: 64 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 20 de julio de 2011, mediante el cual declaró inadmisible la acción de amparo (apelado por los abogados de los accionantes), no se hace mención alguna sobre la denuncia en torno al recurso de apelación ejercido por la defensa de los acusados, considera esta Sala que, con el fin de pronunciarse sobre el presente recurso de apelación, es imprescindible a los fines de dictar una decisión ajustada a derecho, solicitar lo siguiente: Primero: al Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, copia del fallo mediante el cual se pronunció sobre la apelación ejercida, y de ser el caso, copia certificada del auto de remisión de la apelación a la Corte de Apelaciones correspondiente (expediente n.°: 1C-16.521-10, nomenclatura de ese tribunal). Segundo: al Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de ese mismo Circuito Judicial Penal, informar a este Supremo Tribunal el estado en que se encuentra el juicio seguido a los ciudadanos José Alberto Márquez Agüero y José Alexis López Guevara (expediente n.°: 5M-1352-10 nomenclatura de ese juzgado). Igualmente, se le informa a los mencionados Juzgados de Primera Instancia, que deberán remitir las mencionadas copias certificadas y la información requerida a esta Sala dentro de los cinco (5) días calendarios, mas el término de la distancia (2 días) siguientes a su notificación.

Palabras clave

amparoderechos humanosjusticia penaldefensagarantías constitucionales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca