Sentencia N° 1760 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de diciembre de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1760, Exp. 11-0280, 17/12/2012
Expediente11-0280
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2012-12-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo y el Juzgado Superior Contencioso Administrativo del Estado Aragua, relacionado con una acción de amparo interpuesta por varios ciudadanos contra el Coordinador de la Oficina Regional de Tierras del Estado Aragua. La Sala determinó que el tribunal competente para conocer la acción de amparo era un Juzgado Superior Agrario, dado que las violaciones alegadas estaban vinculadas a derechos laborales y agrarios. Finalmente, se ordenó remitir el expediente al tribunal correspondiente para su admisión y trámite.

Extracto de la motiva

La parte accionante, en su solicitud de amparo constitucional, expuso lo siguiente: Que la autoridad recurrida en amparo es el ciudadano Euclides Colmenares Zamora, como Coordinador de la Oficina Regional de Tierras del Estado Aragua. Que los ciudadanos Mayker Antonio Espinoza Ramiro, Yeili Naibiz Rodríguez, Leuterio Castor Carmenate Rangel, Miriam Leonarda Hernández de Ramiro y Lester Efren Moreno Berro, mantienen una relación laboral con la Compañía Anónima Inversiones Ganaderas (C.A. INVEGA), como empleados y obreros en la unidad de producción agropecuaria denominada “Hato Taguapire”, propiedad de la referida empresa. Que, el 10 de septiembre de 2010, se encontraban laborando en el campo de las instalaciones del “Hato Taguapire” cuando se presentaron un grupo de militares supuestamente adscritos a la Unidad de Policía Aérea de la Base Aérea de Sucre, quienes, siguiendo instrucciones del Coordinador de la Oficina Regional de Tierras el ciudadano Euclides Colmenares Zamora, les prohibieron la entrada en las instalaciones una vez terminada las labores en el campo. Que, al día siguiente, en fecha 11 de septiembre de 2010, se dirigieron a las instalaciones del “Hato Taguapire”, donde se encontraron con el referido ciudadano Euclides Colmenares Zamora, el ciudadano José Luis Reyes y una comisión de ese organismo manifestándoles que efectivamente tenían prohibido el acceso. Que, sin mediar acto administrativo, ni notificación alguna que fundamentara dicha intervención, se les prohibió la entrada, e incluso, desalojaron algunos semovientes del hato. Que se trata de un abuso de poder y, en su entendido: “desconocimiento de nuestro legítimo derecho constitucional al trabajo, que se materializa impidiéndosenos acceder de manera ilegal y por vías de hecho a nuestro puesto de trabajo”.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes: 1.- Esta Sala Constitucional se declara COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, y del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. 2.- ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de que conozca de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos MAYKER ANTONIO ESPINOZA RAMIRO, YEILI NAIBIZ RODRIGUEZ, LEUTERIO CASTOR CARMENATE RANGEL, MIRIAM LEONARDA HERNÁNDEZ DE RAMIRO y LESTER EFREN MORENO BERRO, asistidos por el abogado Gonzalo González Klemm, contra el ciudadano Euclides Colmenares Zamora, como Coordinador de la Oficina Regional de Tierras del Estado Aragua. En consecuencia, se ORDENA remitir el expediente al referido Tribunal.

Palabras clave

competenciaamparoderechos constitucionalesjurisdicción agrariaLey de Tierrastribunalesacción de amparo

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