Sentencia N° 1776 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de diciembre de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1776, Exp. 12-0811, 19/12/2012
Expediente12-0811
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2012-12-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia en la que se declara con lugar la apelación interpuesta por el abogado Efraín Jesús Moreno Negrín, en representación del ciudadano Jesús Alberto Bermúdez Villarroel. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción de amparo, argumentando que la violación de derechos había cesado, lo que fue refutado por la defensa al señalar un trato desigual y discriminatorio por parte de la juez Jacqueline Márquez. La Sala Constitucional, tras analizar el caso, determinó que la acción de amparo fue ejercida correctamente y revocó la decisión de inadmisibilidad, ordenando que la Corte de Apelaciones decidiera sobre el fondo del amparo.
Extracto de la motiva
La defensa del imputado indicó, que al ciudadano Jesús Alberto Bermúdez Villarroel se le sigue proceso penal, junto a otros ciudadanos, por la presunta comisión del delito de homicidio intencional calificado, previsto en el artículo 406, numeral 1, del Código Penal, derivado de los hechos ocurridos el 08 de octubre de 2011, en el interior del Conjunto Residencial Villas del Mar, ubicado en la Urbanización Costa Azul, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, donde perdieron la vida Freddy José Salazar y David Nolasco Salazar. Así, el abogado del accionante narró que el Ministerio Público, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, solicitó la aprehensión de varios ciudadanos, entre los cuales se encuentra el hoy accionante, la cual fue acordada el 11 de octubre de 2011, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Igualmente, señaló que, el 13 de octubre de 2011, se celebró ante el mencionado Juzgado Cuarto de Control la audiencia de presentación de imputados, la cual terminó con el decreto de medida de privación judicial preventiva de libertad de los ciudadanos Jesús Alberto Bermúdez Villarroel, Omar José Díaz Marval y José Jesús Guaiquirian López, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Posteriormente, según el dicho del representante del accionante, el 04 de noviembre de 2011, se llevó a cabo ante el mencionado Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta la audiencia de presentación del imputado al ciudadano Jhan José Gregorio Rodríguez Duarte, a quien se le había librado orden de aprehensión. Al finalizar la audiencia se le decretó medida de privación judicial preventiva de libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de homicidio intencional calificado en grado de complicidad.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado Efrain Jesús Moreno Negrín, actuando como defensor del ciudadano JESÚS ALBERTO BERMÚDEZ VILLARROEL, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta; en consecuencia, REVOCA, el fallo de primera instancia, ordenando la remisión del expediente para que dicha Corte de Apelaciones decida sobre el amparo ejercido, con prescindencia de la causal de inadmisibilidad examinada.
Palabras clave
amparo constitucionaltrato desigualdiscriminaciónhomicidio intencionalCorte de Apelaciones