Sentencia N° 1920 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de diciembre de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1920, Exp. 05-1980, 02/12/2008
Expediente05-1980
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2008-12-02
DecisiónDecaimiento del objeto
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara el decaimiento del objeto de la acción de nulidad por inconstitucionalidad interpuesta contra el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. La decisión se fundamenta en un precedente jurisprudencial que establece que el recurso de nulidad carece de objeto, dado que la norma impugnada ya había sido declarada sin lugar en un fallo anterior. Además, se ordena al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre verificar si la ciudadana recurrente cumple con los requisitos para su jubilación, considerando su larga trayectoria en el servicio público.
Extracto de la motiva
Precisada la competencia de este órgano jurisdiccional en sentencia Nº 1379 del 11 de julio de 2006, y visto que no existe pronunciamiento del Juzgado de Sustanciación con respecto a la acción, esta Sala procede a decidir sobre la misma y, al respecto, observa: La parte actora impugnó mediante el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, así como el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución N°01-00-159, dictada el 28 de junio de 2005 por el Contralor General de la República. Ahora bien, en razón del conocimiento de su propia actividad jurisdiccional, esta Sala observa que durante la tramitación del presente recurso se produjo el decaimiento de su objeto, ello en atención al precedente jurisprudencial establecido por este órgano jurisdiccional en sentencia N° 1265 del 5 de agosto de 2008 (caso: Ziomara del Socorro Lucena Guédez), en el cual se declaró sin lugar el recurso nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuesto contra el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. De allí, que el ejercicio de las potestades de control de constitucionalidad que tiene atribuidas esta Sala, resultan innecesarias a los fines de emitir pronunciamiento sobre cualquier alegato u argumento vinculado a la supuesta inconstitucionalidad de la disposición señalada supra.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO de la acción de nulidad por razones de inconstitucionalidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida de suspensión de efectos, interpuesto por la abogada María Magdalena González Zambrano, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana GLORIA COROMOTO GONZÁLEZ SAMBRANO, contra el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y el Sistema Nacional de Control Fiscal publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.347 del 17 de diciembre de 2001. Se ORDENA oficiar al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (I.N.T.T.T) para que proceda a verificar si la ciudadana Gloria Coromoto González Sambrano, reúne los requisitos de edad y años de servicios para ser jubilada y, en caso de cumplir con los extremos de Ley, proceda a su jubilación.
Palabras clave
nulidadinconstitucionalidadcontraloríaderecho a la defensajubilaciónsanciones administrativasdebido proceso