Sentencia N° 1768 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de diciembre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1768, Exp. 11-0063, 17/12/2014
Expediente11-0063
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-12-17
DecisiónExtinguida la instancia

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la extinción de la instancia en una demanda de nulidad interpuesta por varios ciudadanos contra una ley que autoriza al Presidente de la República a dictar decretos. La causa fue paralizada por más de un año, lo que llevó a la Sala a declarar consumada la perención de la instancia. Se consideró que la causa nunca alcanzó el estado de sentencia debido a la falta de impulso procesal por parte de los demandantes.

Extracto de la motiva

Se advierte que la presente causa nunca alcanzó el estado de sentencia, ya que, de conformidad con lo previsto en el artículo 79 del Código de Procedimiento Civil, la causa que previno, es decir, la tramitada bajo el expediente número 11-0143, se paralizó el 12 de mayo de 2011, oportunidad en la cual se ordenó la acumulación de la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano Richard Miguel Mardo Mardo, la cual fue tramitada en el expediente número 11-0063, sin que las causas acumuladas hayan alcanzado el mismo estado procesal. Ahora bien, el artículo 94 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia prevé que “La instancia se extingue de pleno derecho en las causas que hayan estado paralizadas por más de un año por inactividad de la parte actora, antes de la oportunidad de los informes o de la fijación de la audiencia, según el caso”. Precisado lo anterior, de la revisión de las actas correspondientes a los expedientes acumulados, se advierte que la última actuación de impulso procesal de las partes accionantes de la presente acción de nulidad, corresponde a la diligencia presentada, el 10 agosto de 2011, por el abogado Henry Pereira Gorrín, mediante la cual expuso: “ratifico la solicitud anterior y con ello que se expidiera el cartel de emplazamiento a los interesados en el juicio acumulado, ya que en el cardinal 5 del Capítulo VI de la sentencia mediante la cual admitió dicha demanda se hacía depender el lapso de comparecencia del Presidente de la Asamblea Nacional, de la Fiscal General de la República y de la Procuradora General de la República… ‘a partir de la publicación del cartel’…”. Por tanto, como quiera que la paralización de la presente causa excede el lapso de un año y que se produjo después de la admisión pero antes de que la causa estuviera en estado de sentencia, resulta forzoso para esta Sala Constitucional declarar consumada la perención y, por ende, la extinción de la instancia en este juicio. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y, por ende, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la demanda de nulidad interpuesta por los ciudadanos Henry Pereira Gorrín, Richard Miguel Mardo Mardo, Edgar Darío Núñez Alcántara y Rayda Giralda Riera Lizardo, identificados supra, contra la Ley que Autoriza al Presidente de la República para Dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las Materias que se le Delegan, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 6009, extraordinario, del 17 de diciembre de 2010. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

perenciónextincióninstancianulidadcausaprocedimientojusticia

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