Sentencia N° 1757 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de diciembre de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 1757, Exp. 12-0493, 22/12/2015
Expediente12-0493
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-12-22
DecisiónHA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, ha declarado con lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por Jean Paul Alfonso Salazar, quien solicitó la revisión de una sentencia que había declarado sin lugar su demanda de inquisición de paternidad. La Sala argumentó que el derecho a conocer la identidad biológica es un derecho humano fundamental y que la prueba heredo-biológica presentada, aunque no otorgaba certeza absoluta, sí brindaba una alta probabilidad de paternidad. La decisión anterior fue considerada injusta y se ordenó el reconocimiento de la filiación entre el solicitante y el demandado, permitiendo al solicitante regularizar su registro civil y ejercer los derechos correspondientes.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional considera que el derecho a la identidad biológica es fundamental y debe ser garantizado por el Estado. En este sentido, se destaca que la prueba heredo-biológica, aunque no proporciona un 100% de certeza, sí establece una alta probabilidad de paternidad que debe ser valorada adecuadamente. La Sala enfatiza que la justicia debe prevalecer y que el solicitante tiene derecho a conocer su identidad y filiación, lo que justifica la revisión de la sentencia anterior que desestimó su demanda. Se concluye que la protección de los derechos humanos y la identidad del solicitante son prioritarios, y se ordena el reconocimiento de su filiación con el demandado.

Dispositiva

HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional que presentó el ciudadano Jean Paul Alfonso Salazar, asistido por los abogados Alfonso Albornoz Niño y Yudith Salazar Oca, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 17 de mayo de 1996, en consecuencia, se declara firme la sentencia recurrida entonces, dictada por el suprimido Juzgado Octavo de Primera instancia de Familia y Menores del Área Metropolitana de Caracas, el 24 de mayo de 1995. Se AUTORIZA al solicitante, ciudadano Jean Paul Alfonso Salazar, el ejercicio de los derechos que le corresponden como consecuencia del reconocimiento de dicha filiación, siendo absolutamente potestativo para dicho ciudadano regularizar su registro civil con todos las consecuencias legales que ello comporta, sin perjuicio del ejercicio de las acciones por daño moral que le correspondan. Asimismo, queda eximido el solicitante, de las obligaciones de asistencia y socorro previstas en los artículos 284 y 299 del Código Civil con su progenitor.

Palabras clave

filiaciónidentidad biológicarevisión constitucionalpaternidad

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