Sentencia N° 1738 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de noviembre de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1738, Exp. 05-1848, 12/11/2008
Expediente05-1848
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2008-11-12
DecisiónDecaimiento del objeto
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la intervención de un abogado como tercero coadyuvante en un recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. La Sala declaró el decaimiento del objeto del recurso, argumentando que ya se habían emitido pronunciamientos previos sobre la constitucionalidad de la norma impugnada. La decisión se fundamenta en la falta de novedad en los argumentos presentados y en la existencia de un procedimiento administrativo previo que garantiza el derecho a la defensa.
Extracto de la motiva
La Sala concluyó que el control objetivo de la constitucionalidad del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República ya ha sido efectuado en sentencias anteriores, por lo que no es necesario un nuevo juicio de nulidad. Se destacó que la norma impugnada no vulnera el derecho a la defensa ni el debido proceso, ya que existe un procedimiento administrativo que garantiza las garantías pertinentes. Además, se argumentó que la aplicación de sanciones accesorias no requiere un nuevo procedimiento, dado que son consecuencia de la declaración de responsabilidad administrativa.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1.- ADMITE LA INTERVENCIÓN del abogado Juan Bautista Carrero Marrero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 80.940 y titular de la cédula de identidad N° 13.114.577, actuando en su propio nombre como tercero coadyuvante de la República Bolivariana de Venezuela en el presente recurso de nulidad; 2.- INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEA la solicitud de intervención como terceros en la presente causa de los ciudadanos Víctor Jesús Martínez Mata, Jimmy Andrade Monsanto, Alexis Valentín Vielma Villegas y Teresa Aguilar García; y 3.- EL DECAIMIENTO DEL OBJETO en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido conjuntamente con acción de amparo cautelar y solicitud de medida de suspensión de efectos.
Palabras clave
nulidadinconstitucionalidadLey Orgánica de la Contraloríaderecho a la defensadebido procesosanciones administrativasintervención de terceros