Sentencia N° 1736 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de diciembre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1736, Exp. 15-0336, 18/12/2015
Expediente15-0336
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-12-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a la solicitud de revisión constitucional presentada por Eder Darío González Morillo, quien impugnó la decisión de la Sala Electoral que declaró sin lugar su recurso contencioso electoral. En su argumentación, el solicitante alegó que la Sala Electoral omitió valorar pruebas documentales que evidenciaban la conflictividad durante el proceso electoral, lo que afectó su derecho a la defensa y a la participación en el proceso electoral de la Asociación de Empleados de la Universidad del Zulia.
Extracto de la motiva
Que la Sala Electoral tenía conocimiento del procedimiento a seguir a la hora de designar válidamente la Comisión Electoral Central, por cuanto en el expediente cursaba la copia de los Estatutos de ASDELUZ y las copias del Reglamento General de Elecciones de ASDELUZ, además de las múltiples denuncias expuestas en el recurso contencioso electoral sobre la ilegitimidad y condición de írrita de la Comisión Electoral Central, por cuanto dicha comisión no fue electa en asamblea extraordinaria convocada para tal fin ni con el quórum de reglamento, sino que se ratificó en el marco de una asamblea ordinaria convocada a otros efectos sin contar con el quórum reglamentario incumpliendo las normativas gremiales.
Dispositiva
Por lo señalado, esta Sala, previo al pronunciamiento respecto a la solicitud de revisión y en aras de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales, de conformidad con el único aparte del artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia que atribuye a esta Sala Constitucional la competencia para dictar autos para mejor proveer en las causas sometidas a su conocimiento que no requieren sustanciación, tal como ocurre con la revisión constitucional, estima necesario solicitar a la Sala Electoral de este Máximo Tribunal, remita a esta Sala copia certificada de la totalidad del expediente donde se dictó la sentencia sometida a revisión, identificado con el alfanumérico AA70-E-2013- 000063, contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano Eder Darío González Morillo, antes identificado, asistido por el abogado William José Coronado González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.° 66.193.