Sentencia N° 1727 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1727, Exp. 12-0764, 10/12/2013
Expediente12-0764
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-12-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la demanda de nulidad interpuesta por el Municipio San Diego del Estado Carabobo contra la Ordenanza sobre la Tasa por el Uso del Terminal Terrestre Socialista de Valencia. Se argumentó que dicha ordenanza violaba la autonomía municipal y la potestad tributaria, ya que el terminal se encuentra en jurisdicción del Municipio San Diego. La Sala decidió revocar la sentencia del Juzgado de Sustanciación que había declarado la perención de la instancia, permitiendo así que el proceso continuara.

Extracto de la motiva

Efectivamente, desde el 19 de febrero de 2013, exclusive, fecha en que se libró el cartel de emplazamiento a los interesados, hasta el 13 de marzo de 2013, habían transcurrido los diez (10) días de despacho para efectuar el acto pertinente de publicación y consignación del cartel ordenado y librado, sin que la parte consignase el cartel, por lo que se produjo la perención breve de la instancia. Por todo lo anteriormente expuesto y, visto el cómputo practicado por Secretaría, este Juzgado de Sustanciación infiere que los diez (10) días de despacho, contados a partir del 19 de febrero de 2013, exclusive, para que el recurrente, publicara y consignase el ejemplar del periódico donde conste la publicación del cartel de emplazamiento a los interesados, establecidos en el referido artículo 137, discurrieron hasta el día 13 de marzo de 2013, inclusive, sin que la parte recurrente cumpliera con su obligación, ante tal incumplimiento, se declara la perención de la instancia de conformidad con el artículo 267 ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación del MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO, en contra de la sentencia dictada el 25 de abril de 2013 por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala Constitucional, mediante el cual declaró la perención de la instancia en el presente proceso. En consecuencia, se revoca el referido auto y se ordena al Juzgado de Sustanciación la publicación del cartel de emplazamiento a que se refiere el artículo 137 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

nulidadordenanza municipalpotestad tributariaautonomía municipal

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