Sentencia N° 1721 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de diciembre de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1721, Exp. 12-0313, 17/12/2012
Expediente12-0313
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-12-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Yajaira Margarita Mora Bravo contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, que declaró con lugar la recusación en su contra. La Sala fundamenta su decisión en la existencia de afirmaciones ofensivas en el escrito de la parte actora, lo que contraviene el artículo 133.5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Se destaca que la acción de amparo fue presentada para enervar los efectos de una sentencia que afectó la situación jurídica de la accionante, quien era juez en el proceso penal correspondiente.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional sometida a consideración de esta Sala, ha sido intentada por la representación judicial de la ciudadana Yajaira Margarita Mora Bravo, a fin de enervar los efectos de la sentencia dictada, el 22 de noviembre de 2011, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, mediante la cual se declaró con lugar la recusación intentada por los ciudadanos Nelson Ramón Linares, Marvin Leonardo Reyes y Jesús Orlando Guevara, contra la ciudadana antes mencionada, con ocasión de su participación como juez integrante de la referida Corte de Apelaciones, en la causa penal seguida a aquéllos por los delitos de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, asociación para delinquir y resistencia a la autoridad, e identificada con el nro. JP01-R-2010-000236 (alfanumérico de dicha corte), con la finalidad de separarla del conocimiento de ésta.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana YAJAIRA MARGARITA MORA BRAVO, asistida por el abogado CÉSAR AUGUSTO MIRABAL MATA, contra la decisión dictada, el 22 de noviembre de 2011, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, mediante la cual se declaró con lugar la recusación intentada por los ciudadanos NELSON RAMÓN LINARES, MARVIN LEONARDO REYES y JESÚS ORLANDO GUEVARA.

Palabras clave

debido_procesorecusacióntutela_judicialincongruenciaabuso_autoridadCódigo_Orgánico_Procesal_PenalLey_Orgánica_del_Poder_Judicial

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