Sentencia N° 1613 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de octubre de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1613, Exp. 11-1285, 27/10/2011
Expediente11-1285
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2011-10-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la constitucionalidad del carácter orgánico del 'Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de las Dependencias Federales'. Se analizó el contenido del decreto y se determinó que regula materias que deben ser desarrolladas a través de una ley orgánica, conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La Sala concluyó que el decreto tiene carácter orgánico y, por lo tanto, es constitucional.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional observa que el objeto del instrumento jurídico sometido a su examen, es 'el establecimiento y desarrollo de las bases para la organización del régimen político administrativo de las Dependencias Federales, de manera de coadyuvar en la implementación de las políticas públicas relativas a la seguridad ciudadana, sanitaria, marítima y de tránsito, protección del ambiente, conservación de los espacios protegidos y gestión de los desechos sólidos; así como las inherentes al respeto y observancia de las disposiciones legales relativas a la participación protagónica del pueblo, la ordenación territorial, al desarrollo económico productivo, de protección y conservación ambiental en función de las actividades del desarrollo integral, dentro de la concepción geopolítica, agroeconómica, y social orientada hacia la construcción del socialismo, en busca de la suprema felicidad social'. A su vez, en el artículo 2 de la norma, se refiere a las Dependencias Federales, en tal sentido ' (…) se entiende por Dependencias Federales las porciones del territorio de la República Bolivariana de Venezuela, no integradas en el territorio de un estado, así como las islas que se formen o aparezcan en el mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva' y, en su artículo 3, se establece el Régimen de Administración de las Dependencias Federales, el cual es el siguiente: 'Las dependencias federales gozan de soberanía, jurisdicción y control, así como de un régimen y administración especial, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (…) Las dependencias Federales gozan de los privilegios y prerrogativas de la República Bolivariana de Venezuela'.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República por autoridad de la ley, conforme a lo previsto en el artículo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el artículo 25.14 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, declara LA CONSTITUCIONALIDAD DEL CARÁCTER ORGÁNICO DEL 'DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA DE LAS DEPENDENCIAS FEDERALES'. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Remítase al Despacho de la Presidencia de la República copia certificada de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.