Sentencia N° 1439 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de diciembre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 1439, Exp. 23-0075, 16/12/2024
Expediente23-0075
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-12-16
DecisiónSe ANULA el fallo emitido por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, el 26 de diciembre de 2022, sometido a consulta per saltum, que estableció el desacato de la sociedad mercantil Alimentos Polar Comercial, C.A. y la consecuente sanción de prisión en el ciudadano Rolman Ceballo.

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Constitucional, revisó el caso de desacato al mandamiento de amparo constitucional dictado el 12 de noviembre de 2019, donde se ordenó el reenganche y pago de salarios caídos a favor de varios trabajadores. El Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo había declarado el desacato y sancionado al ciudadano Rolman Ceballo. Sin embargo, la Sala Constitucional determinó que el fallo del Tribunal de origen era nulo por no acatar la doctrina vinculante sobre la suficiencia del poder otorgado al abogado de los accionantes para interponer la acción de amparo. En consecuencia, se ordenó la reposición del caso para que se continúe con la ejecución del mandamiento de amparo ya dictado.

Extracto de la motiva

Es capital en esta causa dejar establecido que, muy a pesar de lo argumentado por la accionada, no existe en autos prueba alguna que indique que la providencia que ordenó el reenganche y pago de salarios caídos a favor de los hoy accionantes en amparo en la empresa que se (sic) señaló el órgano administrativo como su patrono, esto es, en ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A., hubiese sido anulada o que hubiere perdido su validez, pudiendo los trabajadores, como efectivamente lo hicieron, ejercer la presente acción de amparo constitucional, una vez que fue notificada la citada entidad de trabajo, del procedimiento sancionatorio dictado en su contra y frente a la persistencia en el incumplimiento del reenganche, así se decide. De acuerdo con lo expuesto en la sentencia copiada parcialmente supra, la tercería propuesta fue declarada inadmisible y la sociedad mercantil Alimentos Polar Comercial, C.A. no acató la orden de restitución jurídica infringida emanada de la respectiva Inspectoría del Trabajo del estado Aragua, agotándose la vía administrativa y, no se interpuso recurso de nulidad contra el acto administrativo, motivo por el cual el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, declaró “CON LUGAR” la acción de amparo incoada por los accionantes Yaumel Vásquez Arrieta, Freddy Segovia Alvarenga y Germán Lobo Infante, por la violación de los artículos 87, 89, 91, 93 y 131 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en consecuencia, a los fines de restablecer la situación jurídica infringida, se ordenó a la sociedad mercantil Alimentos Polar Comercial, C.A. “a dar cumplimiento al acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa № 00284-17, de fecha 19 de junio de 2017, emitido (sic) por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador del Estado Aragua (sic) y dictada en el expediente administrativo № 043-2012-01-2768, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos de los trabajadores ya identificados, ordenándose a la empresa a proceder al reenganche inmediato de los trabajadores a sus labores habituales y al pago de los salarios caídos y otros beneficios legales y contractuales dejados de percibir desde el día de su írrito despido hasta la fecha del efectivo reenganche.

Dispositiva

Se ANULA el fallo emitido por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, el 26 de diciembre de 2022, sometido a consulta per saltum, que estableció el desacato de la sociedad mercantil Alimentos Polar Comercial, C.A. y la consecuente sanción de prisión en el ciudadano Rolman Ceballo.

Palabras clave

desacatoamparo constitucionaltrabajoAlimentos Polar Comercial

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca