Sentencia N° 2128 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de diciembre de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 2128, Exp. 24-0361, 12/12/2025
Expediente24-0361
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-12-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar la apelación interpuesta por Eduardo Enrique Tinoco Briceño contra la sentencia del Tribunal Superior Tercero que declaró inadmisible su acción de amparo constitucional. Se argumentó que el accionante no asistió a la audiencia de juicio ni ejerció el recurso correspondiente, a pesar de estar debidamente notificado. La Sala reafirmó que la acción de amparo es inadmisible cuando el agraviado tiene acceso a vías judiciales ordinarias y no las utiliza.
Extracto de la motiva
En fecha 18 de diciembre de 2023 el Tribunal Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de ese Circuito Judicial, realizó lectura de dispositivo concerniente al asunto bajo Nomenclatura AP51-V-2014-024850, el cual declaró, CON LUGAR la demanda de REVISIÓN DE INSTITUCIONES FAMILIARES, presentada por (...) apoderados judiciales de la ciudadana ESTEFANIA (sic) RIOS (sic) RIERA, (...) a favor de la adolescente (...), nacida en fecha 02 de octubre de 2010, actualmente de trece (13) años de edad, en contra del ciudadano EDUARDO ENRIQUE TINOCO BRICEÑO (...).
Dispositiva
1.- SIN LUGAR la apelación ejercida contra la sentencia dictada el 1° de abril de 2024, por el Tribunal Superior Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. 2.- CONFIRMA la decisión del a quo que declaró inadmisible la presente acción de amparo constitucional.