Sentencia N° 1188 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de noviembre de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 1188, Exp. 10-0057, 25/11/2010
Expediente10-0057
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2010-11-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por el defensor privado de Yorsi de Jesús Carrero Rojas contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Mérida. La apelación fue presentada fuera del plazo establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, lo que llevó a la firmeza de la decisión del 17 de diciembre de 2009 que había declarado inadmisible la acción de amparo. La Sala reafirma su competencia para conocer del recurso y la necesidad de agotar las vías ordinarias antes de recurrir al amparo.

Extracto de la motiva

Debe previamente esta Sala determinar su competencia para conocer del recurso de apelación interpuesto por el defensor privado del ciudadano Yorsi de Jesús Carrero, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, contra la sentencia emitida el 17 de diciembre de 2009 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, que declaró inadmisible la acción de amparo que ejerció contra el fallo del 9 de diciembre de 2009, dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 4 del mencionado Circuito Judicial Penal. Al respecto, la nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia en el cardinal 19 del artículo 25 prevé que esta Sala es competente para conocer de las apelaciones contra las sentencias que recaigan en los procesos de amparos dictadas por los Tribunales Superiores de la República, excepto los Juzgados Superiores en lo Contencioso Administrativo. Así las cosas, se observa que en el caso sub júdice la sentencia apelada fue dictada el 17 de diciembre de 2009 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando como tribunal en funciones constitucionales en primera instancia, con ocasión de la acción de amparo interpuesta por el defensor privado del ciudadano Yorsi Carrero Rojas contra la sentencia del 9 de diciembre de 2009 dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 4 del mismo Circuito Judicial Penal, por lo que esta Sala es competente para conocer del presente recurso de apelación; y así declara.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación ejercido por el defensor privado del ciudadano YORSI DE JESÚS CARRERO ROJAS, contra el fallo dictado el 17 de diciembre de 2009 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el cual se declara firme. Publíquese y regístrese. Devuélvase el expediente al tribunal de origen.

Palabras clave

prórroga fiscaldebido procesolibertad personalnulidad absolutaacción de amparoarbitrariedad

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