Sentencia N° 1179 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de septiembre de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1179, Exp. 07-1304, 17/07/2008
Expediente07-1304
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2007-09-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia a favor de la Fábrica de Tabacos Bermúdez C.A., declarando la nulidad del artículo 2 de la Ley de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco de 1978 y del artículo 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco de 2007. La decisión se fundamentó en la violación de derechos constitucionales, específicamente en relación con la protección de la producción artesanal y la prohibición de confiscatoriedad de los tributos, establecidos en los artículos 309 y 317 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Extracto de la motiva
La parte actora sostiene que el artículo 2 de la Ley de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco, así como el artículo 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco, violan el artículo 309 de la Constitución, que protege las industrias populares y artesanales. Se argumenta que la producción de tabaco es artesanal y que la imposición de un impuesto elevado afecta gravemente la viabilidad de estas industrias, que generan empleo y son parte de la cultura local. La Sala considera que la carga tributaria impuesta es desproporcionada y confiscatoria, lo que justifica la nulidad de las normas impugnadas.
Dispositiva
Se declara con lugar la demanda de nulidad interpuesta por la Fábrica de Tabacos Bermúdez C.A. contra el artículo 2 de la Ley de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco de 1978 y el artículo 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco de 2007. Se ordena la suspensión de los efectos de las normas impugnadas en lo que respecta a los tabacos artesanales de producción nacional.
Palabras clave
nulidadinconstitucionalidadimpuestotabacoproducción artesanalderecho a la propiedadprotección constitucional