Sentencia N° 1100 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 1100, Exp. 17-0592, 15/12/2017
Expediente17-0592
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-12-15
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 15 de diciembre de 2017, declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Jesús Rivero Burgos, defensor del ciudadano Víctor Manuel Sánchez González. La apelación se fundamentó en la inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional, la cual fue declarada por la Corte de Apelaciones el 28 de abril de 2017, por causa sobrevenida, tras la emisión de un pronunciamiento por parte del Juzgado de Control. La Sala concluye que la acción de amparo no procedía, ya que la violación denunciada había cesado.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al examinar la acción de amparo interpuesta, establece que la misma fue admitida en forma, pero que la causa que motivó la acción había sido subsanada por el pronunciamiento del Juzgado de Control. Se argumenta que la acción de amparo no puede ser utilizada como un medio ordinario de impugnación y que el debido proceso se ha respetado, dado que el tribunal de control cumplió con los lapsos establecidos para la presentación del acto conclusivo por parte del Ministerio Público. Así, se concluye que no se ha vulnerado el derecho a la defensa ni el derecho a la libertad del ciudadano Víctor Manuel Sánchez González.
Dispositiva
1.- Declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado José Jesús Rivero Burgos, actuando como defensor privado del ciudadano Víctor Manuel Sánchez González, contra decisión dictada el 28 de abril de 2017, por la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- CONFIRMA la decisión recurrida que declaró INADMISIBLE la solicitud de amparo constitucional interpuesta por el abogado José Jesús Rivero Burgos, actuando como defensor privado del ciudadano Víctor Manuel Sánchez González, contra la presunta omisión de pronunciamiento por parte del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
amparo constitucionalinadmisibilidadderechos humanosdebido procesoviolencia contra la mujer