Sentencia N° 1079 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de diciembre de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 1079, Exp. 17-1026, 08/12/2017
Expediente17-1026
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-12-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Carlos José Castillo en representación de Víctor Manuel Farías Abreu. La decisión se basa en la falta de presentación del poder que acredite la representación del solicitante, lo que contraviene lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. La Sala reafirma su competencia para conocer de la revisión, pero determina que la solicitud no cumple con los requisitos necesarios para su admisión.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el abogado Carlos José Castillo, quien dice actuar en representación del solicitante, junto con la solicitud de revisión no consignó el original o copia certificada del poder del cual se evidencie la representación judicial que se atribuye del peticionante, sino que solo acompaña su escrito con copia simple del mismo. Establecido lo anterior, la Sala observa que el artículo 133.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, norma aplicable a cualquier tipo de recurso, demanda o solicitud que se intente ante la Sala Constitucional, establece lo siguiente: “Se declarará la inadmisión de la demanda: (…) 3. Cuando sea manifiesta la falta de legitimidad o representación que se atribuya el o la demandante, o de quien actúe en su nombre, respectivamente.” Sobre el particular, esta Sala Constitucional ha declarado inadmisible este tipo de solicitudes en aquellos casos en los que no se hubiese acompañado al escrito que la contenga, el original o copia certificada del poder de quien se atribuya la representación judicial del solicitante, así como del resto de los recaudos necesarios para su admisión y procedencia.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional, interpuesta por el abogado Carlos José Castillo, quien afirmó actuar como apoderado judicial del ciudadano VÍCTOR MANUEL FARÍAS ABREU, de la sentencia dictada en audiencia el 1° de junio de 2017 y publicada el 2 del mismo mes y año, por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

revisión constitucionalinadmisibilidadrepresentación judicialpoderLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

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