Sentencia N° 1007 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de noviembre de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 1007, Exp. 19-0444, 17/11/2022
Expediente19-0444
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-11-17
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre los reclamos interpuestos por los jueces Carolina Siso Rojas, Luis Tomas León Sandoval, Miguel Ángel Padilla Reyes y Juan Carlos Ontiveros Rivera, quienes solicitaron la reconsideración de la sanción de separación del cargo impuesta en la sentencia N° 0594 del 5 de noviembre de 2021. La Sala determinó que los reclamantes actuaron en desacato a decisiones cautelares previas, lo que justificó la sanción impuesta. La Sala declaró improcedentes los reclamos, reafirmando que la separación del cargo no es sancionatoria, sino restablecedora del orden constitucional.
Extracto de la motiva
En este sentido, para llegar a esa conclusión, la Sala en esa oportunidad, observó de las actas del expediente, que posterior a las decisiones cautelares tantas veces mencionadas, los hoy reclamantes, en sus condiciones de jueces, actuaron tanto en el expediente de irregularidades administrativas, que expresamente había sido suspendido por esta Sala en el estado en que se encontraba, así como sustanciaron y tomaron decisiones en otras causas interpuestas, relacionadas con las causa principal de irregularidades administrativas y con las asambleas de accionistas de la Sociedad Mercantil Manufacturas de Papel S.A.C.A. (MANPA), causando con ello, una distorsión de los mecanismos que el ordenamiento jurídico establece para proteger a los accionistas minoritarios, verificándose la “judicialización” de los conflictos societarios y, desconociendo decisiones de esta Sala. Las actuaciones de los abogados hoy reclamantes, que dieron lugar al apercibimiento realizado por esta Sala y que en esta oportunidad se reafirman, son las siguientes: Actuaciones realizadas en el expediente N° AP31-S-2018-008425, nomenclatura del Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, posteriores a la suspensión de la causa que dictara esta Sala el 3 de diciembre de 2019, a saber, notificación del 12/12/2019 de la decisión de esta Sala del 3/12/2019 (cursante al folio 146 de la segunda pieza del expediente principal); así como remisión del identificado expediente el 5/10//2020, al Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la misma Circunscripción Judicial, actuaciones que contrario a lo señalado por los reclamantes, permitieron que se siguiera sustanciando una causa que había sido expresamente suspendida por esta Sala. Decisión del 10 de diciembre de 2020, dictada por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el expediente AP71-R-2019-000491, en la que ordenó el diferimiento de la asamblea de accionista de la sociedad mercantil Manufacturas del Papel S.A.C.A. (MANPA), convocada para el 18 de diciembre de 2020, a pesar de tener conocimiento del fallo de esta Sala del 3 de diciembre de 2019, el cual cita en su texto, para posteriormente tomar decisión, bajo la excusa de un amparo sobrevenido, cuya admisibilidad era cuestionada.
Dispositiva
1.- Su COMPETENCIA para conocer de los reclamos presentados por los ciudadanos LUÍS TOMAS LEÓN SANDOVAL, MIGUEL ÁNGEL PADILLA REYES, JUAN CARLOS ONTIVEROS RIVERA y CAROLINA SISO ROJAS, contra la sentencia N° 0594 del 5 de noviembre de 2021, mediante la cual esta Sala ordenó la inmediata separación del cargo con goce de sueldo de los jueces. 2.- IMPROCEDENTE los reclamos presentados.