Sentencia N° 1001 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de noviembre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 1001, Exp. 17-0585, 30/11/2017
Expediente17-0585
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2017-11-30
DecisiónEl decaimiento del objeto
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la demanda de nulidad por inconstitucionalidad interpuesta contra los Decretos Nros. 2.830 y 2.831. Se establece que corresponde a esta Sala declarar la nulidad de actos que colidan con la Constitución. La Sala declara el decaimiento del objeto del recurso, dado que las elecciones para la Asamblea Nacional Constituyente ya se habían realizado, lo que hace que la pretensión de nulidad carezca de objeto.
Extracto de la motiva
Corresponde exclusivamente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia como jurisdicción constitucional, declarar la nulidad de las leyes y demás actos de los órganos que ejercen el Poder Público dictados en ejecución directa e inmediata de la Constitución o que tengan rango de ley, cuando colidan con aquella. Del análisis de las disposiciones supra transcritas se desprende que corresponde a esta Sala la competencia para ejercer el control concentrado de la constitucionalidad sobre los decretos con rango y fuerza de ley y, como quiera que, la demanda de autos se refiere, precisamente, a la nulidad de los Decretos Nros. 2.830 y 2.831, ambos de fecha 01 de mayo de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n° 6.295, Extraordinario, esta Sala, con fundamento en las disposiciones que se transcribieron, se declara competente para el conocimiento y resolución de la demanda de nulidad por inconstitucionalidad interpuesta, y así se declara.
Dispositiva
Por los razonamientos que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara EL DECAIMIENTO DEL OBJETO en la demanda de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad ejercida por los ciudadanos JORGE LUIS SOCAS GONZÁLEZ y LUIS GONZALO SOCAS GONZÁLEZ, en contra de los Decretos Nros. 2.830 y 2.831, ambos de fecha 01 de mayo de 2017, publicados en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n° 6.295, Extraordinario.