Sentencia N° 897 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de octubre de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00897, Exp. 2014-1346, 11/10/2023
Expediente2014-1346
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-10-11
DecisiónNULIDAD

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la nulidad de las actuaciones procesales posteriores a la sentencia definitiva N° 248-2014, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes. Se ordena la reposición de la causa al estado en que el referido Tribunal notifique a las partes de la sentencia, comenzando a computarse el lapso para apelar una vez que consten en autos las notificaciones correspondientes.

Extracto de la motiva

motivados en la presente Acta, procedió de conformidad a lo establecido en el literal e) del Artículo 183 del Código Orgánico Tributario [del 2001 aplicable en razón de tiempo], a calcular el tributo de impuesto sobre la renta para el ejercicio fiscal del 01/01/2008 al 31/12/2008 tomando en IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 22 consideración los Artículos 9 y 52 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, como producto del reparo, a los solos efectos de lo previsto en el Artículo 185 del Código [Eiusdem], de la siguiente manera: EJERCICIO FISCAL: CONCEPTO 01/01/2008 AL 31/12/2008 (Bs.) Enriquecimiento Gravable 49.321.836 Valor de la Unidad Tributaria 46 Tarifa N° 2 34% Menos: Sustraendo en Unidades Tributarias 500 Impuesto Determinado Según Tarifa N° 2 16.746.424 Impuestos Retenidos en el ejercicio 2.599.397 Anticipos

Dispositiva

1) La NULIDAD de las actuaciones procesales posteriores a la sentencia definitiva N° 248-2014 de fecha 23 de julio de 2014, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región los Andes. 2) La REPOSICION de la causa al estado de que el referido Tribunal de merito notifique a las partes de la prenombrada sentencia, comenzando a computarse el lapso para apelar del indicado fallo en el Tribunal a quo, una vez que consten en autos la última de dichas notificaciones.

Palabras clave

derecho de defensanotificaciónproceso judicialCódigo de Procedimiento Civiljusticiajurisdicción

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