La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Aeropostal Alas de Venezuela, C.A. contra resoluciones del SENIAT que ordenaban el pago de impuestos. La Sala declaró con lugar el recurso, revocando la decisión del tribunal inferior que había declarado la nulidad de los actos administrativos impugnados. Se determinó que el SENIAT tenía competencia para recaudar el impuesto de salida al exterior, y se anularon las resoluciones impugnadas por falta de procedimiento legalmente establecido.
Extracto de la motiva
La motivación de la sentencia se centra en la competencia del SENIAT para recaudar el impuesto de salida al exterior, argumentando que la Ley de Timbre Fiscal del Estado Zulia no estableció el hecho imponible correspondiente, lo que permite al SENIAT ejercer su potestad tributaria. Se analiza la normativa aplicable y se concluye que la falta de presentación de declaraciones no impide la verificación de los deberes formales por parte de la Administración Tributaria. La Sala reafirma la importancia del debido proceso y la legalidad en la recaudación de tributos.
Dispositiva
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A., Se ANULAN las Resoluciones impugnadas en todas y cada una de sus partes. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario, se condena en costas a la Administración Tributaria Municipal en un 10% de la cuantía de la presente causa.
Palabras clave
Contencioso TributarioImpuesto de Salida al ExteriorSENIATAeropostalDebido Proceso